Como hacer o renovar el documento de identidad

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Como hacer o renovar el documento de identidad
Expedición del documento de identidad (carta d’identità)
PARA QUIEN LA SOLICITA POR PRIMERA VEZ
* Mayores de edad
Los ciudadanos mayores de edad que solicitan por primera vez el documento de identidad
tienen que presentarse personalmente en la ventanilla (sportello) con:
- 3 fotografías formato carné, iguales, recientes, de medio cuerpo, con la cabeza descubierta,
con fondo uniforme claro y en papel fotográfico.
- un documento de identificación.
Si un ciudadano no posee otro documento, la identificación se realizará mediante un testigo
mayor de edad.
Para la expatriación es necesario firmar la declaración sobre las condiciones previstas para la
expedición del pasaporte.
El documento de identidad (carta d’identità) será realizado y entregado en el acto al
interesado, previo pago de los derechos de secretaría.
* Menores de edad
Stop a las largas filas en la jefatura de policía para la expedición del documento de identidad
de menores. De hecho ahora es posible obtener el documento de identidad de menores
directamente en el Ayuntamiento (Comune) de residencia. En base a las nuevas disposiciones
del Ministerio del Interior (circular Nº 15 del 26/5/2011 ejecutando el Decreto Ley Nº 70 del
13 de mayo de 2011), para obtener el documento de identidad de menores recién nacidos es
suficiente presentarse en las ventanillas del Registro Civil (sportelli dell’Ufficio Anagrafe)
con 3 fotografías idénticas y recientes del solicitante del documento; para los menores es
necesaria la presencia de ambos padres y del menor. El documento tiene valor también
para el extranjero, si el menor viaja acompañado por uno de sus padres (De hecho en la parte
trasera del documento figuran los nombres y apellidos de los padres como demostración de la
titularidad de la patria potestad sobre el menor).
La nueva clasificación para la expedición del documento de identidad se transforma en la
siguiente:
Edad duración documento
De 0 a 3 años: 3 años
De 3 a 18 años: 5 años
Más de 18 años: 10 años
Sólo en el caso en el cual el menor (de 0 a 14 años) viaje al extranjero con personas diferentes
de los padres, será necesario completar una declaración para anexar al documento de
identidad (módulos y explicaciones estarán disponibles en las ventanillas) para hacer validar
en la jefatura de policía.
Estas nuevas disposiciones relativas a la expedición y a la validez de los documentos de
menores son aplicadas también a los documentos de identidad expedidos a ciudadanos
extranjeros (recordamos que tales documentos expedidos a los extranjeros de todos modos
no son válidos para la expatriación).
En tal caso, siendo el documento sólo de uso interno en el país, es suficiente para la
expedición la presencia del menor y uno de sus padres.
RENOVACIÓN DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD
El documento de identidad es válido durante 10 años desde la fecha de expedición; la fecha se
encuentra debajo de la fotografía y en la parte posterior se encuentra la caducidad.
Puede ser renovada hasta 180 días antes de la caducidad.
Con la entrada en vigor de la ley Nº 133 del 6/08/2008, los documentos en vigor hasta el 26
de junio de 2008 se consideran prorrogados automáticamente por otros 5 años y es
competencia de los ciudadanos hacer poner el sello de prórroga al Servicio del Registro Civil
(Anagrafe) del Ayuntamiento (Comune) de residencia.
Los ciudadanos residentes regularmente (inscriptos en el Registro Civil) tienen que
presentarse con el documento caducado y 3 fotografías. Si el documento no es más válido
desde hace mucho tiempo, deberán presentar otro documento de identificación o estar
acompañados por un testigo.
Si el documento ha sido extraviado, es necesario presentar lo anteriormente citado y la
denuncia hecha en la comisaría de policía o en un puesto de Carabinieri.
Convalidación del documento de identidad para ir al extranjero
Con notificación del 28 de julio de 2010, el Ministerio del Interior ha aconsejado a los
ciudadanos que tienen la intención de ir al extranjero, con el documento de identidad
prorrogado mediante la colocación de un sello, sustituirlo con un nuevo documento de
identidad solicitándolo a la oficina del Registro Civil (Anagrafe) llevando 3 fotografías
nuevas.
De frente a los repetidos inconvenientes que se han verificado en las fronteras, debido a la
falta de reconocimiento, por parte de algunos países, de los documentos de identidad válidos
para la expatriación que han sido prorrogados (documentos de papel renovados con un sello o
documentos electrónicos renovados con el certificado), el Ministerio del Interior ha emitido la
circular Nº 23 del 28 de julio de 2010, con la cual ha comunicado que los poseedores de
documentos de identidad renovados o para renovar pueden pedir al propio ayuntamiento la
sustitución con un documento nuevo, el cual tendrá una validez de 10 años a partir de la fecha
del nuevo documento.
De todos los casos es mejor, antes de ir al extranjero, informarse mediante los representantes
diplomático-consulares presentes en Italia o el propio agente de viajes sobre los documentos
solicitados para el ingreso al país al cual se dirige.
De todos modos aconsejamos a los viajeros dirigidos hacia diversas destinaciones extranjeras
que lleven pasaporte (cuya validez residual sea la requerida por el país de destinación)
CIUDADANOS COMUNITARIOS Y EXTRANJEROS
Para los ciudadanos comunitarios residentes y extranjeros residentes, el documento de
identidad será expedido “no válido para la expatriación”.
Además de la documentación prevista para los ciudadanos italianos y los comunitarios, los
ciudadanos extranjeros tienen que tener y presentar en la ventanilla (sportello) un permiso de
permanencia regular o el recibo de renovación. En el caso de que el permiso de
permanencia sea renovado, es necesaria la declaración de renovación de demora habitual.
Costo del servicio: 5,42 euros; mientras que para los documentos rehechos por pérdida o
deterioro el costo es de 10,58 euros.
NOTA: sólo por graves motivos (enfermedad grave, invalidez, etc.) el documento de
identidad se otorgará en el domicilio del interesado. Un pariente, de todos modos,
tiene que hacer la solicitud en la ventanilla (sportello) y entregar la documentación necesaria.
» Listado de los países que reconocen la validez del documento de identidad para ingresar en
los respectivos territorios y las diversas modalidades. (pdf.) (ver anexo Listado Estados por
documentos /C.I. )
Para más información:
Ayuntamiento de Lecco - Oficina Registro Civil (Comune di Lecco – Ufficio Anagrafe)
Palazzo comunale, planta baja
Piazza Diaz, 1 - 23900 Lecco
Teléfono 0341 481292 fax 0341 368154
E-mail: [email protected]
Horario apertura
- Lunes, martes, jueves e viernes: de 8.30 a 13.25
- Miércoles: de 8.30 a 15.30 (horario continuado)
- Sábado: de 8.30 a 11.30
Normativa di referencia
- L. 6 agosto 2008 n. 133
- D.L. 18 giugno 2008 n. 112
- L. 15 maggio 1997 n. 127
- D.P.R. 6 agosto 1974 n. 649
- L. 21 novembre 1967 n. 1185
- R.D. 6 maggio 1940, n. 635